Carta de Convidación a favor de un extranjero.
Para las personas que estén interesadas en ingresar en España por periodo de 90 días o bien menos, convidado por un de España o bien Residente en España, puede ser demandada a ciudadanos de países que necesiten o no visado para ingresar en España. cita previa huellas Este documento no es requisito obligatorio, puede ser sustituido por una reserva hotelera, que solo prueba el alojamiento. Con la motivación de un viaje de turismo o bien de negocio. Este documento NO garantiza la emisión del visado.
Recomendación
Hacer uso de la carta de convidación, aunque también podría ser reemplazada por la reserva de hotel.
Requisitos
El interesado en percibir una carta de convidación a favor de un tercero extranjero tendrá que dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su sitio de vivienda, que será la competente para su tramitación y expedición.
Al instante de presentar la solicitud deberá contener la próxima información:
Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o bien pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o bien número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad de España, y domicilio o lugar completo de vivienda.
Cuál es el motivo de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio primordial, que será el arriba indicado, bien en una segunda residencia, en tal caso, determinará el sitio específico.
El invitante va a deber presentar documentación acreditativa de la disponibilidad de la residencia (título de propiedad, contrato de alquiler o bien otros, de acuerdo con la legislación civil actual).
¿Cuál es el vínculo que mantiene con el convidado?
Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o bien domicilio y número de pasaporte del invitado. Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo recomiende, la convidación va a poder referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos ya antes mentados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas y cada una.
Período durante el como está prevista la estancia del convidado, detallando, de forma aproximada, el primer y el último día de la misma.
Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.
En la petición, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
El Código Penal, tipifica como delito, el tráfico ilegal o bien la inmigración furtiva de personas desde, en tránsito o con destino a España. Castigando con la pena de 4 a ocho años de prisión.
Se considera infracción muy grave: «inducir, fomentar, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o bien formando parte de una organización, la inmigración furtiva de personas en tránsito o bien con destino al territorio español o bien su permanencia en el mismo, toda vez que no forme delito».
Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del convidado como del invitante, serán incorporados a un archivo de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación frente a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
Resolución
Una vez resuelta la petición, la autoridad eficiente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Convidación.
La notificación de la resolución conveniente de la petición de Carta de convidación surtirá efectos a fin de que se proceda al abono de la tasa pertinente. El abono de la tasa deberá efectuarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de tal abono va a deber aportarse para recoger la Carta de convidación.
La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o bien judicial frente al que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos. cita previa para extranjeria
Tramitación
Una vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, esta empezará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a resolver en el sentido que proceda en relación con exactamente la misma a la mayor brevedad posible.
Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al demandante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la petición. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, generará el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento.
Denegación
Serán motivos de denegación de la Carta de invitación:
La no aportación o bien la carencia de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.
El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 28.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.
Nota informativa:
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